Derechos en juego
(a) El derecho a la libertad de expresión y de opinión
El derecho a la libertad de expresión protege los derechos de toda persona a expresar libremente sus opiniones y puntos de vista. Es, esencialmente, un derecho que debe promoverse al máximo posible debido al papel decisivo que juega sobre la democracia y la participación pública en la vida política. Pueden existir ciertas formas extremas de expresión que necesitan ser acotadas para la protección de otros derechos humanos. Limitar la libertad de expresión en tales situaciones resulta siempre un buen acto de ponderación. Una forma particular de expresión que está prohibida en algunos países es la apología del odio o 'hate speech'.
Pueden existir algunas opiniones que incitan a la intolerancia o al odio entre grupos; esto eleva el debate acerca de si tal apología del odio (hate speech), tal como se conoce, debe ser restringida. Un ejemplo extremo de esto es el uso de los medios masivos de comunicación para promover el genocidio o ataques racialmente motivados, como el papel desempeñado por Radio-Télévision Libre des Milles Collinesen el genocidio ruandés de 1994. En algunos países, leyes de apología del odio (hate speech) han sido introducidas para prohibir tales expresiones. Existe un equilibrio fino entre la defensa del derecho a la libertad de expresión y la protección de otros derechos humanos. El éxito de tales leyes ha sido frecuentemente cuestionable y una de las consecuencias ha sido llevar la apología del odio (hate speech) a la clandestinidad. Mientras que puede ser necesario prohibir ciertas formas extremas de apología del odio y, ciertamente, prohibir su utilización por parte del estado, algunas medidas paralelas que contemplen la promoción de medios plurales son esenciales para dar voz a los puntos de vista contrarios.
(b) El derecho a buscar, recibir e impartir información e ideas
Restricciones a periodistas individuales: La libertad de impartir información puede ser atacada de diversas maneras y particularmente puede inmiscuirse en la libertad de prensa. La presión sobre los periodistas representa una amenaza significativa.
La censura informal se refiere a una variedad de actividades de los oficiales públicos- que varían de las llamadas y amenazas telefónicas hasta los ataques físicos- diseñadas para prevenir o sancionar la publicación de material crítico. El derecho de los reporteros a proteger sus fuentes es también importante para asegurar el libre flujo de información en asuntos de interés público. Los mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos han afirmado que los periodistas nunca deberán ser obligados a revelar sus fuentes excepto bajo ciertas condiciones (Que sea necesario para una investigación criminal o para la defensa de una apersona acusada de un delito penal; se les ordena hacerlo por una corte, después de una oportunidad completa de presentar su caso; 'necesario' implica que la información no puede ser obtenida en otra instancia, que es de gran importancia y que el interés público en su revelación pesa más que el daño a la libertad de expresión por la revelación).
Las leyes de privacidad pueden dificultar los reportajes investigativos dirigidos a exponer prácticas corruptas e ilegales. Las leyes de privacidad, aunque son importantes para proteger los asuntos privados de los individuos, no deben ser utilizadas indebidamente para denegar la discusión de asuntos de interés público.
Los medios de comunicación deben ser libres de reportar conflictos y escrutinio públicos en situaciones en que sea esencial controlar abusos humanitarios o a los derechos humanos. La exclusión de los medios es una restricción muy severa a la libertad de expresión e información en este sentido; las restricciones sólo deberán ser establecidas cuando existan preocupaciones claras de seguridad. Las elecciones constituyen otra ocasión cuando la libertad de la prensa de proveer información balanceada e imparcial se torna crítica y más vulnerable a la represión por parte de los actores políticos.
Restricciones estructurales sobre la prensa: Éstas ponen a debate si los medios están libres de control político a nivel institucional. Las restricciones pueden materializarse como leyes de prensa que permiten la interferencia del gobierno en los medios, o que imponen restricciones innecesarias sobre los contenidos publicados. Todas las instituciones con autoridad reguladora sobre los medios, escritos o de transmisión, deben ser completamente independientes del gobierno. Los procesos de solicitud de licencias deben ser abiertos y transparentes, donde las decisiones acerca de las solicitudes en competencia sean tomadas sobre la base de criterios preestablecidos, en el mejor interés del derecho del público a estar informado. Además, los poderes de las instituciones reguladoras de las transmisiones deben limitarse a asuntos relacionados al otorgamiento de licencias y a las quejas.
Los monopolios en los medios son otra manera en la que se restringe el derecho a recibir información de una variedad de fuentes. Los monopolios de transmisión estatales no sirven el interés público pero a veces, en algunos mercados pequeños, un periódico monopólico puede ser la única manera de proporcionar acceso a las noticias locales. Las reglas de los monopolios deben ser diseñadas cuidadosamente para promover la pluralidad de los contenidos, sin otorgar al gobierno una oportunidad para interferir en los medios.
Otros ejemplos de 'censura estructural', por ejemplo el uso de medidas económicas por parte del gobierno para controlar la información, incluyen la asignación preferencial de la publicidad gubernamental, el control gubernamental sobre las publicaciones, las redes de distribución o la impresión de noticias, y un uso selectivo de los impuestos.
El acceso a la información detentada por las autoridades públicas es otro aspecto del debate sobre la libertad de información. Los mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos han asegurado el derecho del público a ser informado y han solicitado a los gobiernos que adopten legislaciones sobre las siguientes líneas: la legislación debe estar guiada por el principio de máxima revelación; las instituciones públicas deberán estar obligadas a publicar información clave; los órganos públicos deberán promover activamente el gobierno abierto; las excepciones deberán ser establecidas de manera clara y acotada y deberán estar sujetas a pruebas estrictas de 'daño' e 'interés público'; los individuos deben tener el derecho a apelar una negativa de revelar información por parte de un cuerpo administrativo independiente, que opere de manera justa, puntual y económica; la legislación debe otorgar protección para los 'soplones' que hagan pública cualquier información de actividades ilegales.
Las nuevas tecnologías, como el Internet, la transmisión digital y satelital, ofrecen oportunidades sin precedentes para promover la libertad de expresión e información. Las acciones de las autoridades para limitar la propagación de contenidos dañinos o ilegales a través del uso de estas tecnologías deberán ser diseñadas cuidadosamente para asegurar que las medidas tomadas no inhiban el enorme potencial positivo de estas tecnologías. La aplicación de reglas diseñadas para otros medios, como los sectores impresos y de transmisión, pueden no ser apropiadas para el Internet. Obviamente, las limitaciones para tales tecnologías será un acto fino de equilibrio entre la defensa de la libertad de expresión e información y el aseguramiento de protección de abusos, por ejemplo en el caso de la diseminación de pornografía infantil.
(c) Estos derechos sólo pueden ser restringidos en ciertas circunstancias: para proteger los derechos y la reputación de otros o para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas.
Las restricciones en nombre del orden público y de la seguridad nacional pueden ser frecuentemente excesivamente amplias y vagas. Los cuerpos internacionales y regionales han dicho que tales restricciones sólo deben ser impuestas cuando exista un riesgo real de daño a un interés legítimo que signifique que existe un riesgo significativo de daño inminente; que el riesgo sea de daño serio, es decir violencia u otra acción ilegal; que exista un vínculo causal cercano entre el riesgo de daño y de expresión; que la expresión haya sido hecha con la intención de causar el daño.
Tales restricciones deben ser acompañadas por sanciones penales. Frecuentemente, la expresión en cuestión puede no representar un riesgo claro de daño serio al interés público y, sin embargo, ser sometido a sanciones penales; incluso a encarcelamiento. Los mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos sobre la libertad de expresión han concluido que el encarcelamiento no deberá ser impuesto excepto en las circunstancias más extremas; donde haya incitación intencional a acciones inminentes y gravemente ilegales.
Las leyes penales sobre difamación todavía existen en algunos estados para proteger a las figuras públicas de injurias a sus reputaciones. Tales leyes tienen un efecto limitante sobre la libertad de expresión y son frecuentemente violentadas en casos en que no está en juego el interés público. Las instituciones regionales e internacionales de derechos humanos han recomendado que dichas leyes deben ser abolidas y reemplazadas por leyes de difamación civil.
Las leyes civiles de difamación también pueden ser utilizadas indebidamente para censurar la crítica y el debate acerca de asuntos públicos. Los organismos internacionales y locales de derechos humanos han dicho que las leyes civiles de difamación deben obedecer los siguientes principios: los organismos públicos no deben estar en posibilidades de presentar acciones de difamación; la verdad siempre debe estar disponible como defensa; los políticos y funcionarios públicos deben estar obligados a tolerar un grado mayor de crítica; las publicaciones concernientes a asuntos de interés público que sean razonables en toda circunstancia no deben ser consideradas difamatorias; la concesión del daño sólo deberá ser proporcional al daño real causado y debe tomar en cuenta remedios alternativos como las disculpas o correcciones.
Restricciones de la corte: Existen diversas leyes contenidas bajo el rubro de desacato a la corte que restringen el flujo de información con el fin de proteger la administración de justicia. Algunas restricciones existen para asegurar un juicio justo y para evitar un "juicio de los medios". Otras restricciones tienen que ver más con proteger a la corte de ser 'escandalizada'. Existen cuestionamiento cada vez más mayores acerca de si la libertad de criticar a la judicatura debe ser limitada. La existencia de cámaras en la corte se ha convertido en un área álgida de debate en años recientes. Una vez más, como en todas las demás cuestiones alrededor de la libertad de expresión, hay un fino equilibrio a alcanzarse entre lo deseable que resulta abrir el sistema judicial, por un lado, y proteger la privacidad de las víctimas y de sus familias, por otro.
No hay comentarios:
Publicar un comentario